Código 33 (2024)

Procedimientos operativos: Código 33

CÓDIGO 33:
ACTUACIÓN ANTE EL PACIENTE CON SÍNCOPE O PRESÍNCOPE POST ESFUERZO

El objetivo del procedimiento es regular la actuación operativa de coordinación con el Hospital Clínico San Carlos (Servicios de Urgencias y Cardiología) para todas aquellas situaciones donde, por parte de las unidades de USVB o USVA de SAMUR - Protección Civil, se constate la existencia de pacientes que, cumpliendo los criterios de inclusión abajo referidos, presente una situación clínica compatible con un síncope o presíncope durante el ejercicio o esfuerzo, y hasta 30 minutos de cesado éste.

Bajo este protocolo conjunto, el propósito de esta actuación reside en ofrecer a los pacientes con este cuadro, un estudio detallado de su patología por parte del Servicio de Cardiología, con el fin último de detectar marcadores asociados a la muerte súbita cardiaca, estableciendo una estratificación pronóstica del cuadro, que ayudará a prevenir situaciones de muerte súbita.

Características generales del procedimiento:

Todos los pacientes incluidos en el protocolo serán derivados al Hospital Clínico San Carlos, Área de Urgencias General, incluidos los casos en edad pediátrica.

Serán causa de no transferencia a dicho Hospital:

  • La negativa del paciente o su familia. En el caso del niño, deberá contar con la autorización del padre/madre o tutor.
  • La situación clínica del paciente, que obligue a un traslado inmediato a otro hospital a criterio del médico de la USVA actuante.

Criterios de inclusión:

  • Pacientes de 45 años o menos. Los niños serán incluidos en este procedimiento con las mismas consideraciones que los adultos.
  • Cuadro clínico de síncope (pérdida temporal de conocimiento y pérdida de tono muscular) o presíncope (sensación previa al síncope sin pérdida de conocimiento y tono muscular asociado o no a síntomas como mareo, aturdimiento, debilidad, visión borrosa, sudoración, náuseas o vómitos) descartadas causas como: hipoglucemia, crisis convulsiva, TCE previo, deshidratación.
  • Síncope en el seno de SCA: en este caso el cuadro tiene que estar asociado al ejercicio o esfuerzo.
  • Situación de esfuerzo o antecedente previo de realización de esfuerzo hasta 30 minutos posteriores (ejercicio, actividad extraordinaria,..)
  • Cuadro clínico de síncope/presíncope en paciente con antecedentes familiares de síncope recurrente o muerte súbita.
  • Arritmias postesfuerzo limitadas o no en la atención extrahospitalaria.
  • Síncopes vasovagales o hipotensión ortostática tras esfuerzo.
  • Parada Cardiorrespiratoria producida en el curso del esfuerzo. Será cursado como un Código 11, reflejando en el informe asistencial este hecho. Si el paciente estuviera hemodinámicamente estable tras la reanimación, se considerará su traslado al Hospital Clínico, realizando el preaviso por los medios habituales (Unidad de Cuidados Intensivos) pero informando al teléfono del Código Infarto sobre la causa de la parada.

Criterios de exclusión:

  • Pacientes mayores de 45 años.
  • Pacientes con antecedentes de diabetes o epilepsia.
  • Hipertermia igual o superior a 40ºC, golpe de calor.
  • Pacientes con antecedentes de cardiopatía estructural conocida: miocardiopatía hipertrófica, estenosis aórtica, valvulopatías.
  • Síncopes en el seno de ACVA, cuadro de hiperventilación, o portador de DAI.
  • Cuadro clínico de síncope o presíncope no asociado a esfuerzo.

Procedimiento de actuación ante un Código 33

Ante la inclusión de un paciente en este procedimiento:

  • Se informará a la Central de la existencia de un Código 33 por parte de la unidad de USVB o USVA, Lima o Unidad del preventivo (servicios programados) aportando los siguientes datos:
    • Edad.
    • Circunstancia: evento deportivo, esfuerzo de otro tipo, etc.
    • Situación del paciente.
    En el caso de paciente crítico, además de indicar la existencia de Código 33, la USVA aportará los datos necesarios para el preaviso y el tiempo estimado de llegada.
  • La Central de Comunicaciones informará de la existencia de un Código 33:
    • A los responsables del Hospital Clínico:
      • Si el paciente es crítico (hemodinámicamente inestable o inconsciente), activará un preaviso al Hospital Clínico por el procedimiento habitual al Servicio de Cuidados Intensivos informando al Servicio de Cardiología a través del teléfono del Código Infarto.
      • Si el paciente está consciente y hemodinámicamente estable, contactará telefónicamente a través del teléfono del Código Infarto.
    • Al Jefe de División de Guardia, tanto si el paciente requiere preaviso hospitalario como si únicamente se realiza traslado sin gravedad del paciente, en Código 33.
    • Al Lima de guardia, en el caso de que el paciente sea atendido por una unidad que cubra un servicio programado. Este acompañará a la unidad al Hospital Clínico e informará al Supervisor y al Jefe de División de Guardia.
  • La Unidad de traslado:
    • Informará al paciente de las posibilidades diagnósticas que ofrece el Hospital Clínico haciendo constar su aceptación al traslado.
    • Hará la transferencia en la Unidad de destino indicada por el hospital:
      • Urgencia General del Hospital Clínico en la sala de agudos
      • Unidad de Cuidados Intensivos
      • Unidad de Cardiología o Hemodinámica
  • En caso de negativa a traslado. Se ofertará al paciente la inclusión en el programa del Hospital Clínico, denominado: Detección de Cardiopatía para la Prevención de la muerte súbita, ofreciendo un número de contacto.

La unidad asistencial completará el informe asistencia, incluyendo los siguientes datos:

  • Hora de inicio de los síntomas.
  • Circunstancia de esfuerzo que lo provocó (tipo de esfuerzo o prueba física, momento del esfuerzo).
  • Antecedentes previos personales, y familiares relacionados con síncopes.
  • Temperatura ambiental.
  • Datos clínicos de interés (GCS, hemodinámica, SatO2), monitorización ECG (ECG de 12 derivaciones) y analíticos (nivel de Lactato).
  • Aceptación al traslado (propio o de padres o tutores).
  • Códigos patológicos del Síncope postesfuerzo:
    • USVB: C 2.1
    • USVA: C 12.3

Seguimiento de los pacientes

El Hospital Clínico San Carlos, a través de su Servicio de Cardiología, proporcionará los datos de seguimiento en función del procedimiento habitual.

Incidencias en el curso de un Procedimiento

Serán resueltas a través del responsable de guardia del Código Infarto, por parte del Hospital Clínico San Carlos, y del Jefe de División de Guardia, por parte de SAMUR Protección Civil.

Código 33 (1)
Código 33 (2)
Manual de Procedimientos SAMUR-Protección Civil · edición 2015 6.5
Código 33 (2024)
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